Auto Supremo AS/0635/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0635/2019-RA

Fecha: 22-Ago-2019

Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo


II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo:

La recurrente transcribiendo el “Considerando I, inciso II.2” del Auto de Vista impugnado, reclama que el Tribunal de alzada ratificó su condena de dos años y tres meses, desconociendo “su propio reconocimiento del precedente contradictorio con relación a los arts. 37, 38 y 40 del Código Penal” (sic), sin pronunciarse de manera fundamentada bajo los elementos del debido proceso como el de la razonabilidad y lógica jurídica, menos atinando a señalar la fundamentación de las atenuantes en cuanto a su aplicación. Al respecto, invoca el Auto Supremo 030/2007 de 26 de enero.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP