Auto Supremo AS/0662/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0662/2019-RA

Fecha: 23-Ago-2019

Los recurrentes denuncian que el Tribunal de alzada concluyó que de fs


Los recurrentes denuncian que el Tribunal de alzada concluyó que de fs. 441 a 442, cursarían las notificaciones a la parte civil para la realización de la audiencia de procedimiento abreviado; sin embargo, no tomó en cuenta que dicho acto procesal se llevó a cabo cinco horas después de la hora señalada y que no intervino el Fiscal titular de la causa, así como tampoco estuvieron presentes las víctimas, añadiendo también que el imputado desde que recuperó su libertad en forma mensual cumple lo pactado por el acuerdo transaccional suscrito y que de volver a ser recluido, no podrá cumplir el compromiso pactado sobre el daño ocasionado, por lo que se vulneró el derecho como víctimas de tener una recuperación moral y material; advirtiéndose que los recurrentes si bien invocan precedente contradictorio el Auto Supremo 02/2017 de 9 de enero, no precisan de que forma el Auto de Vista incurrió en contradicción con dicho fallo, en total incumplimiento a los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP; asimismo, se evidencia que tampoco logran identificar el agravio incurrido por el Tribunal de alzada, pues sólo se limitan a brindar datos relativo a la celebración de la audiencia de procedimiento abreviado, sin identificar qué derechos o garantías constitucionales en concreto se hubieren vulnerados, ni a precisar los defectos absolutos que concurrían en el caso de autos; en consecuencia el recurso deviene inadmisible, aun acudiendo a los criterios de flexibilización