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    Auto Supremo AS/0689/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0689/2019-RA

    Fecha: 27-Ago-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 13 de junio de 2019, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la mencionada Sentencia, el acusado Pablo Flores Fuertes (fs
    • II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • El recurrente, aludiendo a la procedencia del recurso de casación, fundamenta los siguientes motivos
    • Denuncia que el Auto de Vista al asumir que la declaración de la víctima resulta
    • Refiere que al denunciarse incongruencia de la Sentencia, confirmada por el Auto de Vista, no
    • Denuncia que el Auto de Vista sobre la denuncia de valoración defectuosa de la prueba
    • El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • Como primer motivo, alega que en apelación denunció el defecto del art
    • El recurrente para el efecto invoca el Auto Supremo 067/2013 de 11 de marzo, cual
    • En el segundo motivo expuesto, el recurrente denuncia que el Auto de Vista al asumir
    • Analizando los argumentos del motivo, la parte recurrente invocó los Autos Supremos 354/2014-RRC de 30
    • Asimismo, si bien el recurrente incurrió en error formal, se advierte que alega la vulneración
    • Respecto al tercer motivo, la parte refiere que al denunciarse incongruencia de la Sentencia, confirmada
    • Atendiendo lo señalado en los argumentos del motivo, se aprecia que el recurrente al invocar
    • Finalmente, como cuarto motivo, denuncia que el Auto de Vista respecto a la valoración defectuosa
    • A tal efecto, de la lectura del recurso, se invocó el Auto Supremo 190/2014-RRC de
    • Respecto al Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de agosto, cabe señalar que el precedente no
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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