Auto Supremo AS/0692/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0692/2019

Fecha: 14-Ago-2019

Al respecto cabe señalar, que el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31

En el caso presente, la institución recurrente cuestiona el fallo del tribunal de alzada, por haber revocado la Resolución Nº 216/2016 de 19 de mayo, disponiendo que la Comisión de Reclamación del SENASIR, emita una nueva resolución, reconociendo a favor del solicitante, los periodos efectivamente trabajados en la Cooperativa de Ahorro y Crédito María Auxiliadora, es decir, por los periodos comprendidos en las gestiones de mayo de1987 a septiembre de 1989, decisión con la que el ente gestor no está de acuerdo, con el argumento de que el solicitante no figura en planillas durante los periodos extrañados por el SENASIR.
Al respecto cabe señalar, que el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, en sus capítulos II y III prevé el tratamiento extraordinario para la certificación de aportes al sistema de reparto y los trámites relacionados con el seguro social obligatorio de largo plazo, abarcando a la determinación de montos de Compensación de Cotizaciones por procedimiento manual, aspectos que la institución recurrente no tuvo en cuenta al momento de efectuar la presente acusación, no siendo en consecuencia evidente que la aplicación de documentación supletoria prevista en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, este establecida sólo para trámites de rentas en curso de pago y adquisición, sino también corresponde su consideración en los tramites de Compensación de Cotizaciones