3
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Fortunato Alcalá Condori y Martin Alcalá Condori mediante memorial cursante de fs. 570 a 577, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
- Auto Supremo: 781/2019-RA
- Expediente:O-32-19-S
- Partes: Fortunato Alcalá Condori y Martin Alcalá Condori c/ Teodocia Alcalá Condori de Pinaya y
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 146/2019 de 09 de julio, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la
- 4. Del contenido del recurso de casación
- a)Que el Tribunal de alzada no realizó un análisis consistente y real del presente caso
- b)Que si bien el Tribunal de alzada indica que es menester en función al principio
- c)Que el Tribunal de alzada realiza una errónea interpretación normativa y jurisprudencial en el presente
- d)Que el Auto de Vista es contradictorio porque refieren dentro la fundamentación que realizan manifestando
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
