3. En la fundamentación de argumentos de relevancia casacional, los recurrentes alegan lo siguiente
3. En la fundamentación de argumentos de relevancia casacional, los recurrentes alegan lo siguiente:
a) Violación a normas procesales; en cuyo apartado citan puntualmente los arts. 46 de la Ley General del Trabajo y 202 del Código Procesal del Trabajo; además de una cita textual del Auto Supremo 56/2016 de 14 de marzo, en relación al art. 202 del adjetivo laboral; así como, el Auto Supremo 81/2016 de 7 de abril, respecto al art. 46 de la Ley General del Trabajo
a) Violación a normas procesales; en cuyo apartado citan puntualmente los arts. 46 de la Ley General del Trabajo y 202 del Código Procesal del Trabajo; además de una cita textual del Auto Supremo 56/2016 de 14 de marzo, en relación al art. 202 del adjetivo laboral; así como, el Auto Supremo 81/2016 de 7 de abril, respecto al art. 46 de la Ley General del Trabajo
- El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de
- Al presente, estando en vigencia plena el Código Procesal Civil (CPC) -Ley 439 de 19
- Con carácter previo, es preciso señalar que el recurso de casación, se constituye en una
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- 3. En la fundamentación de argumentos de relevancia casacional, los recurrentes alegan lo siguiente
- c) En el petitorio, refieren de manera textual: “En virtud de los fundamentos de orden
- De lo anotado, claramente se entiende que la acusación de violación de normas procesales y
- En esa confusión, la parte ahora recurrente no vincula sus denuncias a las causales de
- De lo examinado, se concluye la importancia que tiene la precisión de los elementos señalados
- La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
