Conforme al principio laboral constitucional, el art
Conforme al principio laboral constitucional, el art. 66 del CPT, establece que, en todo juicio social, incoado por el trabajador, la carga de la prueba corresponde al empleador, sin perjuicio de que aquel pueda ofrecer las pruebas que estime convenientes. A su vez el art. 150 de la misma Ley procesal laboral, establece que en esta materia corresponde al empleador demandado desvirtuar los fundamentos de la acción, sin perjuicio de que el actor aporte las pruebas que crea conveniente
- Tramitado el proceso laboral por pago de beneficios sociales y otros derechos, el Juez de
- Interpuesto el recurso de apelación por Oscar Alfredo Navarro Michel en representación legal del Hostal
- Oscar Alfredo Navarro Michel en representación legal del Hostal Libertad, interpone recurso de casación en
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- Petitorio
- En consideración de los argumentos expuestos por el recurrente, de acuerdo a la problemática planteada,
- Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la Opinión Consultiva OC-16/99 de
- Para el análisis del caso concreto resulta pertinente considerar la jurisprudencia contenida en la Sentencia
- En cuanto al despido indirecto, la falta de pago oportuno de sueldos, constituye una causal
- La Constitución Política del Estado, establece fundamentos laborales y de protección al trabajador; en ese
- El principio de inversión de la prueba, contenido en la norma constitucional citada, establece que
- Conforme al principio laboral constitucional, el art
- La inversión de la prueba en materia laboral goza de una presunción de veracidad respecto
- En cuanto al desahucio, el art
- Si bien la normativa laboral protege y tutela las relaciones de trabajo y al trabajador,
- El art
- Por otra parte, el art
- Así, el art
- En observancia del principio de inversión de la prueba, el demandado no demostró que el
- El empleador ahora demandado, afirmó el hecho de la existencia de una renuncia voluntaria, por
- Para la procedencia del pago de las horas extras demandadas, si bien éstas deben estar
- La Constitución Política del Estado protege los derechos de las trabajadoras y de los trabajadores,
- Al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación, corresponde resolver conforme
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
