I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 475
Sucre, 24 de septiembre de 2019
Expediente : 354/2018
Demandantes : Oscar Ciro Bejarano Justiniano
Demandado : La empresa Ingeniería & Construcción S.A.
Proceso: Pago de beneficios sociales y derechos laborales
Distrito : Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 164 a 166, interpuesto por Oscar Ciro Bejarano Justiniano, contra el Auto de Vista N° 84 de 12 de junio de 2018, pronunciado por la Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a fs. 158; dentro del proceso de pago de beneficios sociales y derechos laborales interpuesto por el recurrente contra la empresa Ingeniería & Construcción S.A.; el memorial de respuesta, de fs. 170 a 171; el Auto de 23 de julio de 2018, que concedió el recurso (fs. 172); el Auto de 15 de agosto de 2018 (fs. 181), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 475
Sucre, 24 de septiembre de 2019
Expediente : 354/2018
Demandantes : Oscar Ciro Bejarano Justiniano
Demandado : La empresa Ingeniería & Construcción S.A.
Proceso: Pago de beneficios sociales y derechos laborales
Distrito : Santa Cruz
Magistrado Relator: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 164 a 166, interpuesto por Oscar Ciro Bejarano Justiniano, contra el Auto de Vista N° 84 de 12 de junio de 2018, pronunciado por la Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a fs. 158; dentro del proceso de pago de beneficios sociales y derechos laborales interpuesto por el recurrente contra la empresa Ingeniería & Construcción S.A.; el memorial de respuesta, de fs. 170 a 171; el Auto de 23 de julio de 2018, que concedió el recurso (fs. 172); el Auto de 15 de agosto de 2018 (fs. 181), por el cual se declara admisible el recurso de casación interpuesto; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- La Juez Octava del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, pronunció la Sentencia de
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, la empresa Ingeniería & Construcción S
- Notificado con el Auto de Vista, el demandante formuló recurso de casación, señalando lo siguiente
- Por otro lado, se vulneró el art
- 3
- Petitorio
- Solicita se case el Auto de Vista recurrido, y deliberando en el fondo se declare
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
- La nulidad constituye una medida de última ratio, de tal modo que su aplicación deberá
- Sobre este aspecto, Gonzalo Castellanos Trigo, en “Código de Procedimiento Civil: comentado, concordado, doctrina, jurisprudencia,
- Respecto de la apelación de la parte actora, se señaló: “En merito a los fundamentos
- La motivación en las resoluciones judiciales emitidas en revisión de un fallo impugnado, constituye un
- Esta fundamentación y motivación, al que están compelidos los juzgadores, teniendo en cuenta que fundamentar
- Debe tenerse presente que, los autos de vista revocatorios -como en el caso- modifican una
- En ese sentido, el art
- Toda resolución que determine derechos o implique obligaciones, debe contener una debida motivación y fundamentación,
- Conforme a estas consideraciones, se hace imperiosa la anulación de obrados para salvar esta situación
- El error cometido por el Tribunal de apelación no es excusable; advirtiéndose además, que este
- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
