El referido auto de vista, motivó a la parte demandada, a interponer el recurso de
I.1.2 Auto de Vista
En grado de apelación deducida por la representante legal de la empresa demandada, cursante de fs. 455 a 465 vta., la Sala Social y, Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en cumplimento del Auto Supremo Anulatorio N° 74/2017 de 16 de mayo, mediante Auto de Vista N° 39/18-SSA-I de 8 de marzo de fs. 547 a 550, confirmó la Sentencia Nº 249/2014 de 13 de octubre, cursante de fs. 408 a 413 de obrados. Con costas.
I.2 Motivos del recurso de casación
El referido auto de vista, motivó a la parte demandada, a interponer el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 512 a 515, manifestado en síntesis:
Que no se han valorado, ni analizados las pruebas de reciente obtención presentadas por la parte recurrente, pues no se ha tomado en cuenta que el Ministerio de Trabajo, rechazó la reincorporación del actor a la empresa demandada, pues analizó y dio por bien hecho el memorándum de despido por daño al patrimonio de la entidad que ahora se demanda, antecedentes que no fue ni siquiera mencionado, evaluado o considerado por los inferiores en grado, situación que implica un atentado al debido proceso y ausencia del deber de análisis completo e integral de los documentos que se han producido en obrados
En grado de apelación deducida por la representante legal de la empresa demandada, cursante de fs. 455 a 465 vta., la Sala Social y, Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en cumplimento del Auto Supremo Anulatorio N° 74/2017 de 16 de mayo, mediante Auto de Vista N° 39/18-SSA-I de 8 de marzo de fs. 547 a 550, confirmó la Sentencia Nº 249/2014 de 13 de octubre, cursante de fs. 408 a 413 de obrados. Con costas.
I.2 Motivos del recurso de casación
El referido auto de vista, motivó a la parte demandada, a interponer el recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 512 a 515, manifestado en síntesis:
Que no se han valorado, ni analizados las pruebas de reciente obtención presentadas por la parte recurrente, pues no se ha tomado en cuenta que el Ministerio de Trabajo, rechazó la reincorporación del actor a la empresa demandada, pues analizó y dio por bien hecho el memorándum de despido por daño al patrimonio de la entidad que ahora se demanda, antecedentes que no fue ni siquiera mencionado, evaluado o considerado por los inferiores en grado, situación que implica un atentado al debido proceso y ausencia del deber de análisis completo e integral de los documentos que se han producido en obrados
- Expediente: SC-CA.SAII-LPZ. 380/2018
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- Que, tramitado el proceso de referencia, la Jueza Segunda de Partido de Trabajo y Seguridad
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada, a interponer el recurso de
- Manifestó que existe total ausencia de pronunciamiento respecto a los documentos contables que han sido
- Señaló que los juzgadores de instancia, no se percataron que la parte demandada, hizo constar
- Denunció incorrecta valoración de las pruebas, hecho que conlleva una contravención expresa a la exigencia
- Por otra parte, citó lo previsto en el art
- CONSIDERANDO II
- En el caso objeto de análisis, se circunscribe en dilucidar si corresponde la reincorporación del
- De lo manifestado precedentemente, se advierte que la parte recurrente, pretende se efectúe una nueva
- Consiguientemente y en merito a lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
