Auto Supremo AS/0720/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0720/2019-RA

Fecha: 09-Sep-2019

Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo


II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial de casación, se extrae el siguiente motivo:

Manifiesta el recurrente que el Auto de Vista impugnado conculca sus derechos a ser oído en igualdad de condiciones, defensa y debido proceso; puesto que, no corrigió ni ingresó a considerar los defectos procesales que impugnó en su recurso de apelación incidental y restringida en contra “de dos sentencias” (sic), que fue subsanada por memorial de 16 de noviembre de 2017, limitándose el Tribunal de alzada a efectuar una relación de Autos Supremos y Sentencias Constitucionales, sin observar que la Sentencia incurrió en inobservancia y errónea aplicación de la norma sustantiva penal, que impide su derecho a impugnar resoluciones que fueron fundados en actos procesales con inobservancia de las formas y condiciones previstas en la Constitución Política del Estado, los Tratados Internacionales y el Código de Procedimiento Penal; en cuyo mérito, afirma el recurrente que corresponde al Tribunal Supremo incluso de oficio verificar la existencia de vicios o actividad procesal defectuosa no susceptible de convalidación, ejerciendo su facultad de control de legalidad. Al respecto, invoca la Sentencia Constitucional 1138/2004-R de 21 de julio