Contra la mencionada Sentencia, la representación del Viceministerio de Lucha Contra la Corrupción (fs
Contra la mencionada Sentencia, la representación del Viceministerio de Lucha Contra la Corrupción (fs. 412 a 413) y la representación del Ministerio de Culturas y Turismo, interponen recursos de apelación restringida, que previo memorial de subsanación por parte del citado Ministerio (fs. 472 a 475 vta.), fueron resueltos por Auto de Vista 113/2018 de 21 de noviembre, dictado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró admisible e improcedente el recurso de apelación restringida interpuesto por el Ministerio de Culturas y Turismo e inadmisible por extemporáneo el recurso interpuesto por el Viceministerio de Lucha Contra la Corrupción, confirmando en consecuencia la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 12 de junio de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la representación del Viceministerio de Lucha Contra la Corrupción (fs
- Por diligencia de 6 de junio de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Cita como precedentes contradictorios, los Autos Supremos 351 de 10 de agosto de 2000, 18
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- En cuanto a los argumentos traídos en casación, se observa que la parte recurrente denuncia
- Sin embargo, al existir una denuncia de defectuosa valoración de la prueba que fue soslayada
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
