Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada omitió pronunciarse respecto al cuarto agravio de la apelación restringida, que hace referencia a la errónea aplicación de la Ley Sustantiva acorde al art. 370 inc. 5) del Código de Procedimiento Penal (CPP), incidiendo en la falta de fundamentación jurídica de la concurrencia del delito de Injuria que tiene como elemento el ofender a otro en su dignidad y decoro, teniendo en cuenta que el Juez de la causa basó su fundamento en suposiciones y no así en la prueba objetiva; sin embargo, a pesar de estar plenamente identificado el agravio, los vocales omitieron resolver lo expuesto, denotando una simple referencia respecto al tercer agravio referido al delito de Difamación, evitando emitir criterio en relación al cuarto referente al delito de Injuria, habiendo hecho notar al Tribunal de apelación en el cuarto motivo la existencia de una insuficiente fundamentación en relación al delito descrito en el art. 287 del CP, invocando al respecto el Auto Supremo 206 de 9 de agosto de 2012, que estaría referido al control que debe efectuar el Tribunal de alzada en cuanto a la tipicidad y corregir los errores del Juez o Tribunal de juicio, además que la denuncia efectuada afecta al debido proceso, el derecho a la defensa y el principio de legalidad conforme al art. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE), quedando en total indefensión e incertidumbre, al no haberse considerado la denuncia planteada para que a posteriori se pueda recurrir a la instancia pertinente en base a la decisión asumida respecto al reclamo que no fue considerado por el Tribunal de apelación, desembocando estos aspectos en defectos absolutos acorde al art. 169 inc. 3) del CPP
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- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
