Por memorial presentado el 23 de mayo de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 829/2019-RA
Sucre, 17 de septiembre de 2019
Expediente: Beni 7/2019
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Patricia Rodas Durán
Delito : Apropiación Indebida de Fondos Financieros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de mayo de 2019, cursante de fs. 211 a 213 vta., Patricia Rodas Duran interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 4/2019 de 3 de mayo, de fs. 174 a 181, pronunciado por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, el Banco Nacional de Bolivia y Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Apropiación Indebida de Fondos Financieros, previsto y sancionado por el art. 363 quater inc. c) del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 829/2019-RA
Sucre, 17 de septiembre de 2019
Expediente: Beni 7/2019
Parte Acusadora : Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Patricia Rodas Durán
Delito : Apropiación Indebida de Fondos Financieros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de mayo de 2019, cursante de fs. 211 a 213 vta., Patricia Rodas Duran interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 4/2019 de 3 de mayo, de fs. 174 a 181, pronunciado por la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, el Banco Nacional de Bolivia y Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Apropiación Indebida de Fondos Financieros, previsto y sancionado por el art. 363 quater inc. c) del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 23 de mayo de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente agravio
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se advierte que el 17 de mayo de 2019, la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
