Auto Supremo AS/0830/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0830/2019-RA

Fecha: 17-Sep-2019

Por último, respecto a la invocación de las Sentencias Constitucionales 0212/2014-S3 de 4 de diciembre,


Por último, respecto a la invocación de las Sentencias Constitucionales 0212/2014-S3 de 4 de diciembre, 0752/2002-R de 25 de junio y 1365/2005-R de 31 de octubre en calidad de precedentes contradictorios; debe recordarse que, conforme dispone el art. 416 del CPP, sólo los Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia y los Autos Supremos dictados por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, que sienten o ratifiquen doctrina legal, son considerados precedentes contradictorios; consiguientemente, cualquier pretensión de hacer valer una Sentencia Constitucional como precedente contradictorio en la jurisdicción ordinaria, no es atendible