Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0832/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0832/2019-RA

    Fecha: 17-Sep-2019

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 26 de julio de 2019, de fs
    • Por Sentencia S-6/2017 de 15 de marzo, de fs
    • Contra aquel Fallo, Emiliana Javier Ramos, a través de memorial de fs
    • El 19 de julio de 2019, el Auto de Vista impugnado fue notificado a la
    • Señala la recurrente que el sorteo para la relación de caso en el recurso de
    • En un segundo momento, el memorial de recurso manifiesta que, la convocatoria del Vocal Sánchez
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Tal entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • En cuanto al requisito plazo, se tiene que la recurrente fue notificada con el Auto
    • La Sala advierte que el recurso de casación promovido por la recurrente, no concreta las
    • La recurrente acude a casación listando dos situaciones que en su criterio constituyesen un supuesto
    • En ese entendido, correspondía que la recurrente efectué la descripción clara y precisa de los
    • Recordar que el recurso de casación en la mecánica adoptada por el sistema de recursos
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca