La Sala advierte que el recurso de casación promovido por la recurrente, no concreta las
La Sala advierte que el recurso de casación promovido por la recurrente, no concreta las previsiones contenidas en los arts. 416 y ss del CPP, como tampoco su planteamiento posee la suficiencia argumentativa para inferirse una supuesta lesión a derechos y garantías constitucionales y así prever una eventual flexibilización a requisitos procesales; de hecho, el memorial del recurso se compone de dos insinuaciones, la primera referida al incumplimiento de tiempos procesales; y, la segunda inherente a una supuesta ausencia de notificación con la convocatoria la vocal Sánchez Camacho; empero, en ninguna de las dos situaciones se expone, más allá de la sola sugerencia aspecto alguno que procure el cumplimiento de formas procesales que aperturen la competencia de esta Sala
- Por memorial presentado el 26 de julio de 2019, de fs
- Por Sentencia S-6/2017 de 15 de marzo, de fs
- Contra aquel Fallo, Emiliana Javier Ramos, a través de memorial de fs
- El 19 de julio de 2019, el Auto de Vista impugnado fue notificado a la
- Señala la recurrente que el sorteo para la relación de caso en el recurso de
- En un segundo momento, el memorial de recurso manifiesta que, la convocatoria del Vocal Sánchez
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Tal entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En cuanto al requisito plazo, se tiene que la recurrente fue notificada con el Auto
- La Sala advierte que el recurso de casación promovido por la recurrente, no concreta las
- La recurrente acude a casación listando dos situaciones que en su criterio constituyesen un supuesto
- En ese entendido, correspondía que la recurrente efectué la descripción clara y precisa de los
- Recordar que el recurso de casación en la mecánica adoptada por el sistema de recursos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
