Auto Supremo AS/0833/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0833/2019-RA

Fecha: 17-Sep-2019

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia de 28/2016 de 2 de febrero (fs. 444 a 449 vta.), el Tribunal de Sentencia Tercero de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a: Edzon Cerón Camargo y Rómulo Mamani Mamani, autores de la comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del CP, imponiendo la pena de 15 años de presidio; Miriam Cerón Vda. de López coautora de la comisión del delito de Homicidio tipificado por el art. 251 del CP, imponiendo la sanción de 10 años de presidio; Clemente Choque Quispe y Cresencia Guarabia de Choque autores de la comisión del delito de Homicidio en grado de Complicidad sancionado por el art. 251 en relación al art. 23 del CP, imponiendo la pena de dos años de reclusión con beneficio de Perdón Judicial, además de imponer a todos los imputados costas a favor del Estado y la víctima y el pago del daño civil que serán calificadas en ejecución de sentencia.

Contra la referida Sentencia, los imputados Edzon Cerón Camargo (fs. 477 a 481), Miriam Cerón Vda. de López (fs. 485 a 487), Clemente Choque Quise y Cresencia Guarabiade Choque (fs. 500 a 505), respectivamente interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 52/2019 de 30 de mayo (fs. 941 a 944 vta.), emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que en aplicación del art. 399 del Código de Procedimiento Penal (CPP), rechazó los recursos planteados; en consecuencia, confirmó la Sentencia apelada