Por otro lado, sobre el motivo objeto de análisis de admisibilidad corresponde expresar que, las
Por otro lado, sobre el motivo objeto de análisis de admisibilidad corresponde expresar que, las Resoluciones emitidas por el Tribunal de alzada sobre estos mecanismos de defensa, no son recurribles en casación por corresponder a un procedimiento incidental; sin embargo, este Tribunal ha establecido como excepción a la regla, la consideración en el fondo de aquellas denuncias en las que se alegue actividad procesal defectuosa e incongruencia omisiva, casos en los cuales de manera excepcional apertura su competencia a los fines de verificar si evidentemente existe la falta de pronunciamiento sobre una apelación vinculada a algún tema incidental, siendo que en el caso de Autos, en cuanto al incidente que hubiera planteado y que concluyó con la Resolución 047/2017 de 17 de marzo, que anuló la Imputación Formal y el Acta de Declaración Informativa, se denunció la falta pronunciamiento y consideración por el Tribunal de alzada
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 287/2013-RRC de
- Con relación al Auto Supremo 041/2012-RRC de 16 de marzo y al Auto de Vista
- Por otro lado, sobre el motivo objeto de análisis de admisibilidad corresponde expresar que, las
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
