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    Auto Supremo AS/0842/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0842/2019-RRC

    Fecha: 17-Sep-2019

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    • Por memorial presentado el 15 de marzo de 2019, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 3/2017 de 11 de enero (fs
    • Contra la referida Sentencia, el imputado Osvaldo Alejandro Villagómez Beltrán interpuso recurso de apelación restringida
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • I.1.2. Petitorio
    • Solicita el recurrente, que este Tribunal deliberando en el fondo, deje sin efecto el Auto
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 450/2019-RA de 17 de junio, este Tribunal declaró admisible el recurso de
    • II.1. De la Sentencia
    • Por Sentencia 3/2017 de 11 de enero, el Tribunal Segundo de Sentencia de Yacuiba del
    • Se demuestra la responsabilidad del acusado Osvaldo Alejandro Villagómez Beltrán, quien en el momento del
    • II.2. Del recurso de apelación restringida
    • El encausado interpuso su recurso de apelación restringida, arguyendo como agravios de la Sentencia los
    • La defectuosa valoración probatoria incurrida por el Tribunal de Sentencia, devino en una errada cuantificación
    • II.3. Del Auto de Vista 09/2018 de 23 de enero
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, resolvió el recurso de
    • En el caso presente, la prueba testifical ofrecida fue considerada suficiente a efecto de que
    • II.4. Del Auto Supremo 992/2018-RRC de 7 de noviembre
    • Esta Sala Penal, mediante Auto Supremo 992/2018-RRC, resolvió en el fondo declarar fundado el recurso
    • Corresponde la regularización de procedimiento de acuerdo a las normas procesales y en pleno resguardo
    • II.5. Del Auto de Vista 02/2019 de 14 de febrero
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, en atención al recurso
    • No es evidente la denuncia de valoración defectuosa de la prueba, por cuanto las conclusiones
    • El Tribunal considera que el procesado cometió el hecho acusado cuando se encontraba cumpliendo un
    • Precisados los motivos, este Tribunal deberá verificar dentro de los límites establecidos en el Auto
    • Entendido como la concordancia o correspondencia que debe existir entre la petición formulada por las
    • El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia
    • Por otra parte, sobre la congruencia externa; es decir a la exigencia de correlación entre
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Recapitulando, en el único motivo identificado, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió
    • “Al no haberse pronunciado el Tribunal a quo sobre todos los motivos en los que
    • Esta actividad se constituye en vicio absoluto que atenta contra el derecho a la defensa,
    • Existiendo una situación fáctica análoga con el precedente invocado en el caso de Autos, corresponde
    • Así se tiene que, el imputado en apelación restringida, luego de precisar los antecedentes de
    • Por otro lado, el apelante indicó que el yerro incurrido en la valoración de la
    • En respuesta a los agravios expuestos, el Tribunal de apelación precisó en el “Considerando III”
    • De igual forma, en lo que respecta a la valoración defectuosa extrañada por el apelante,
    • Ahora bien, de lo denunciado y lo resuelto, contrastando lo compulsado con el Auto Supremo
    • Asimismo, esta Sala Penal advierte que la Resolución impugnada otorga una respuesta completa y precisa,
    • Por consiguiente, al existir un pronunciamiento expreso por parte del Tribunal de alzada respecto a
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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