En atención a la carga procesal de esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE los recursos de casación interpuestos por Ana Karina Urquiza Parada y Blanca Elena Barba de Quiroga de fs. 693 a 695 vta., y por otra de Mayneard Quiroga Pereira de fs. 698 a 699 vta. en contra del Auto de Vista Nº 006/2019 de 6 de marzo, cursante de fs. 614 a 619 vta., pronunciado por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
En atención a la carga procesal de esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
En atención a la carga procesal de esta Sala, la causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
