a) Que el Tribunal de apelación vulneró el art
4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación, se observa que el recurrente, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a) Que el Tribunal de apelación vulneró el art. 265.I del Código Procesal Civil, al declarar la inadmisibilidad del recurso, porque no es evidente la inexistencia de agravios, pues, del análisis del recurso de apelación se puede advertir que la misma contiene tres agravios debidamente fundamentados
De la revisión del recurso de casación, se observa que el recurrente, en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a) Que el Tribunal de apelación vulneró el art. 265.I del Código Procesal Civil, al declarar la inadmisibilidad del recurso, porque no es evidente la inexistencia de agravios, pues, del análisis del recurso de apelación se puede advertir que la misma contiene tres agravios debidamente fundamentados
- Auto Supremo: 907/2019-RA
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 51/2019 de 6 de junio, se advierte que
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente al margen de identificar debidamente la resolución
- a) Que el Tribunal de apelación vulneró el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
