b)Acusó que el Tribunal Ad quem, vulneró el principio de verdad material, al no realizar
De la revisión del recurso de casación cursante de fs. 109 a 113 vta., interpuesto por Modesta Méndez, se desprende que la recurrente expone como reclamos entre otros los siguientes:
a)Señaló que se vulneró su derecho a la defensa, cuando los de instancia omitieron producir la prueba de confesión judicial, tal como se manifestó en su recurso de apelación y en su propia demanda, aspecto que transgrede los principios procesales establecidos en el art. 1 nums. 1), 2), 3), 4) y 5) del Código Procesal Civil.
b)Acusó que el Tribunal Ad quem, vulneró el principio de verdad material, al no realizar una coherente valoración de la prueba aportada, en este caso la declaración testifical a fs. 74, dando más valor a una declaración que no fue tomada en audiencia pública y oral
a)Señaló que se vulneró su derecho a la defensa, cuando los de instancia omitieron producir la prueba de confesión judicial, tal como se manifestó en su recurso de apelación y en su propia demanda, aspecto que transgrede los principios procesales establecidos en el art. 1 nums. 1), 2), 3), 4) y 5) del Código Procesal Civil.
b)Acusó que el Tribunal Ad quem, vulneró el principio de verdad material, al no realizar una coherente valoración de la prueba aportada, en este caso la declaración testifical a fs. 74, dando más valor a una declaración que no fue tomada en audiencia pública y oral
- Auto Supremo: 948/2019-RA
- Expediente: SC-107-19-S
- Partes: Modesta Méndez c/ Javier Ortiz Méndez
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO II
- 1.De la resolución impugnada
- 2.Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3.De la legitimación procesal
- 4.Del contenido del recurso de casación
- b)Acusó que el Tribunal Ad quem, vulneró el principio de verdad material, al no realizar
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
