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    Auto Supremo AS/0977/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0977/2019

    Fecha: 25-Sep-2019

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    • 2
    • - Que de las testificales no se tuvo uniformidad en la declaración de los testigos,
    • - Que los demandantes son tolerados en la vivienda, ya que no presentan prueba objetiva
    • - Respecto a la acción de reivindicación, los demandados Reynaldo Chipana Huanca y su esposa,
    • 3
    • De la revisión del recurso de casación interpuesto por Renato Abel Chipana y María Edith
    • Que en el recurso de apelación los demandados en ninguna parte expusieron como agravios la
    • En el fondo
    • Que el Ad quem, incurrió en error de hecho y derecho, al otorgar valor probatorio
    • Petitorio
    • Contestación al recurso de casación mediante memorial de fs. 584 a 585
    • Adujo que reclamó en forma oportuna la existencia de la causal de nulidad en la
    • Solicitando se anule Auto de Vista o anule obrados hasta el vicio más antiguo
    • CONSIDERANDO III
    • En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
    • En ese antecedente, el Tribunal de Casación a momento de realizar el análisis sobre los
    • En este sentido, este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos
    • La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado, asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
    • Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
    • III.2. De la valoración de la prueba
    • José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia, señala que:
    • Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
    • El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
    • En este marco este Supremo Tribunal a través de diversos fallos entre ellos, el Auto
    • III.3. De los actos de tolerancia y la tenencia
    • Respecto a lo que debe entenderse como actos de simple tolerancia, el Autor Guillermo A
    • De igual forma, este Tribunal Supremo de Justicia en el Auto Supremo Nº 506/2013, respecto
    • Sobre este punto, el Código Civil en su art
    • Sin embargo, si bien resulta evidente que un acto de tolerancia no constituye posesión y
    • En ese entendido este Tribunal Supremo de Justicia al establecer en el Auto Supremo Nº
    • Por otro lado, respecto a la detentación o tenencia, la doctrina la define en los
    • En ese entendido la tenencia o la detentación se distingue de la precariedad, Néstor Jorge
    • Por lo dicho la detentación o tenencia se inicia en virtud de un título que
    • En mérito a los fundamentos expuestos en el considerando anterior, corresponde a continuación dar respuesta
    • De lo alegado en casación, se evidencia en obrados que el recurso de apelación de
    • Fondo
    • En el escrito de casación acusan que el Ad quem, incurrió en error de hecho
    • Respecto al error de hecho y de derecho, sobre la apreciación de las pruebas cuestionadas
    • Previamente es menester reiterar lo expuesto en el acápite III
    • Lo cuestionado en el recurso de casación sobre la valoración de las pruebas adjuntadas en
    • De lo argumentado líneas arriba, de que el demandante ingreso al inmueble como tolerado, de
    • Las pruebas aludidas por el recurrente expuesto supra, no son suficientes como para generar convicción,
    • Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no resultan
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regula honorarios del abogado que contestó el recurso en la suma de Bs. 1.000
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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