En suma, todos estos aspectos demuestran la existencia de incongruencia, falta de exhaustividad, de motivación
En suma, todos estos aspectos demuestran la existencia de incongruencia, falta de exhaustividad, de motivación y pertinencia de la resolución emitida y especialmente la omisión del cumplimiento de las normas citadas precedentemente, impidiendo que este tribunal pueda analizar el recurso formulado por parte del representante legal de la institución demandada, pues no puede emitirse criterio jurídico respecto de circunstancias de fondo que no fueron resueltas por el tribunal de alzada
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez
- CONSIDERANDO I
- I.1.1 Sentencia
- I.1.2 Auto de Vista
- En grado de apelación deducida por la parte demandante, cursante de fs
- I.2 Motivos del recurso de casación
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a resolver el recurso de casación planteado, corresponde tener
- En este contexto, es menester señalar que conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el
- Ello supone una doble instancia donde el tribunal o juez debe circunscribirse a examinar la
- Bajo estas premisas, es innegable que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber
- Consecuentemente, cuando un juez omite motivar una resolución, no sólo suprime una parte estructural de
- El incumplimiento de las exigencias expuestas amerita que el Tribunal Supremo disponga la nulidad de
- A su vez, el art
- Sobre el particular, hay que recordar que los tribunales de segundo grado, al constituir órganos
- En ese contexto, haciendo un análisis minucioso del Auto de Vista recurrido, se evidencia que
- Se debe tener presente que en aplicación del principio de informalismo que rige en los
- En suma, todos estos aspectos demuestran la existencia de incongruencia, falta de exhaustividad, de motivación
- En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde fallar
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
