POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 Sala Social y ANULA obrados hasta el sorteo de fs. 357, disponiendo que el tribunal de alzada, sin espera de turno y previo sorteo, bajo responsabilidad administrativa, pronuncie un nuevo auto de vista que, sea exhaustivo, motivado y resuelva el recurso de apelación en el marco del art. 265 del Código Procesal Civil. Sin responsabilidad por ser excusable
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez
- CONSIDERANDO I
- I.1.1 Sentencia
- I.1.2 Auto de Vista
- En grado de apelación deducida por la parte demandante, cursante de fs
- I.2 Motivos del recurso de casación
- El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo a resolver el recurso de casación planteado, corresponde tener
- En este contexto, es menester señalar que conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el
- Ello supone una doble instancia donde el tribunal o juez debe circunscribirse a examinar la
- Bajo estas premisas, es innegable que la motivación de las resoluciones judiciales constituye un deber
- Consecuentemente, cuando un juez omite motivar una resolución, no sólo suprime una parte estructural de
- El incumplimiento de las exigencias expuestas amerita que el Tribunal Supremo disponga la nulidad de
- A su vez, el art
- Sobre el particular, hay que recordar que los tribunales de segundo grado, al constituir órganos
- En ese contexto, haciendo un análisis minucioso del Auto de Vista recurrido, se evidencia que
- Se debe tener presente que en aplicación del principio de informalismo que rige en los
- En suma, todos estos aspectos demuestran la existencia de incongruencia, falta de exhaustividad, de motivación
- En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde fallar
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Eguëz Añez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
