De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente:
Por Sentencia 040/2018 de 15 de mayo (fs. 19 a 24 vta.), el Juez Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, declaró a Waldo Belisario Cachi Queso, autor y culpable de la comisión del delito de Tráfico, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008, imponiendo la pena de diez años de presidio y diez mil días multa a razón de Bs. 1.- por día y la confiscación definitiva del vehículo incautado Toyota con placa 3821-SGI
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado Waldo Belisario Cachi Queso (fs
- Por diligencia de 15 de octubre de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En ese sentido, se advierte que el recurrente denuncia la falta de fundamentación del Auto
- Ahora bien, en este punto corresponde precisar que esta Sala Penal tiene específicas atribuciones a
- Puntualizada las consideraciones del párrafo precedente, se advierte de la formulación del motivo expuesto, la
- En consecuencia, ante la carencia argumentativa expuesta, el motivo de análisis resulta inadmisible, por incumplimiento
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
