Por memorial presentado el 22 de octubre de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 08/2020-RA
Sucre, 09 de enero de 2020
Expediente: Oruro 47/2019
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Waldo Belisario Cachi Queso
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de octubre de 2019, cursante de fs. 56 a 62, Waldo Belisario Cachi Queso interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 34/2019 de 26 de julio, de fs. 42 a 48, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Waldo Belisario Cachi Queso, por la presunta comisión del delito de Tráfico, previsto y sancionado por el art. 48 con relación art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 08/2020-RA
Sucre, 09 de enero de 2020
Expediente: Oruro 47/2019
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Waldo Belisario Cachi Queso
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de octubre de 2019, cursante de fs. 56 a 62, Waldo Belisario Cachi Queso interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 34/2019 de 26 de julio, de fs. 42 a 48, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Waldo Belisario Cachi Queso, por la presunta comisión del delito de Tráfico, previsto y sancionado por el art. 48 con relación art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el imputado Waldo Belisario Cachi Queso (fs
- Por diligencia de 15 de octubre de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En ese sentido, se advierte que el recurrente denuncia la falta de fundamentación del Auto
- Ahora bien, en este punto corresponde precisar que esta Sala Penal tiene específicas atribuciones a
- Puntualizada las consideraciones del párrafo precedente, se advierte de la formulación del motivo expuesto, la
- En consecuencia, ante la carencia argumentativa expuesta, el motivo de análisis resulta inadmisible, por incumplimiento
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
