La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Lorenzo Arellano Mamani, de fs. 382 a 395
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2019, cursante de fs
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- La parte recurrente denuncia, que el Auto de Vista impugnado no dio una respuesta fundamentada
- Por otra parte, se advierte que la parte recurrente denuncia la vulneración a sus derechos:
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
