Por otra parte, se advierte que la parte recurrente denuncia la vulneración a sus derechos:
Por otra parte, se advierte que la parte recurrente denuncia la vulneración a sus derechos: a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva; de modo que al estar ante una circunstancia donde es posible la admisión del recurso por flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de activar el recurso de casación ante la denuncia de vulneración de derechos, se requiere comprobar si la parte recurrente cumple con los presupuestos detallados en la última parte del acápite anterior; en ese sentido al señalar que el Auto de Vista impugnado no dio una respuesta fundamentada a su reclamo, constituyéndose en un vicio absoluto que atenta a los derechos a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, que lo sitúa en completa indefensión de una respuesta efectiva, se tiene que el recurrente proveyó los antecedentes de hecho generadores del recurso, precisó el derecho constitucional vulnerado y explicó el resultado dañoso emergente del defecto; sin embargo, no detalló con precisión en qué consistente la restricción o disminución de sus derechos, incumpliendo con uno de los requisitos que hacen viable la admisión del recurso de casación por flexibilización
- Por memorial presentado el 22 de octubre de 2019, cursante de fs
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- La parte recurrente denuncia, que el Auto de Vista impugnado no dio una respuesta fundamentada
- Por otra parte, se advierte que la parte recurrente denuncia la vulneración a sus derechos:
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
