Auto Supremo AS/0047/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0047/2020-RA

Fecha: 09-Ene-2020

Regístrese, hágase saber y cúmplase


En cuanto al segundo motivo traído en casación, denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en la emisión de una Resolución ultra petita, en el entendido que ninguno de los recursos de apelación restringida hubieren solicitado la imposición de costas; sin embargo fueron impuestos en la emisión del Auto de Vista impugnado, advirtiéndose que el recurrente omitió invocar precedentes contradictorios, incumpliendo los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP; asimismo, se evidencia que tampoco explicó de forma clara y precisa en qué consistió el agravio incurrido por el Tribunal de alzada, limitándose a referir que se emitió una Resolución ultra petita sin fundamentar de qué forma se hubiesen vulnerado sus derechos o garantías constitucionales. En consecuencia, se advierte el incumplimiento de los presupuestos de flexibilización, resultando inadmisible el presente motivo.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Isidro Luis Blanco Guaqui, de fs. 453 a 455 vta., únicamente para el análisis de fondo del primer motivo. Asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.

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