La postura del Tribunal de apelación en torno a no haberse expresado las reglas de
La postura del Tribunal de apelación en torno a no haberse expresado las reglas de la sana crítica que hubieran sido infringidas, no posee asidero, pues, a decir del recurrente, “estableció de manera concreta que la valoración efectuada [en Sentencia] no tomó en cuenta precisamente los aspectos enunciados” (sic), ante lo cual, correspondía en fase de impugnación “ejercitar un control de valoración y establecer si alcanzaba razonabilidad una ampliación de un certificado médico ejercitada seis meses después de la primera valoración, sin establecer cómo la lesión pudo haberse agravado o persistido” (sic); en tal sentido, alega que la fundamentación depuesta en el Auto de Vista 40/2019, no resulta completa, evasiva generando que el defecto de sentencia descrito en el art. 370 núm. 6) del CPP fuese convalidado
- Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2019, fs
- El 19 de noviembre de 2019, fs
- Afirmando que el Auto de Vista que impugna “ejercita razonamientos absolutamente desvinculados…a los fines de
- La postura del Tribunal de apelación en torno a no haberse expresado las reglas de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al requisito plazo, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
- El recurrente trae a casación el planteamiento de contradicción entre el Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
