Manifiesta que fue condenado a partir de una incorrecta valoración de la prueba, dado que,
Manifiesta que fue condenado a partir de una incorrecta valoración de la prueba, dado que, “no existe el menor indicio de prueba en [su] contra, solo la declaración de la querellante-y supuesta víctima, que sirvió como base para el informe psicológico unilateral” (sic). Agrega que, las pruebas a las que el Auto de Vista 046/2019, hace referencia, “no pueden constituir en prueba suficiente como para que se dicte una sentencia de condena, por lo que el tribunal de alzada actuó más con el sentimiento que en estricta aplicación de la Ley” (sic)
- Parte Imputada: Félix Callata Mamani
- Por memorial presentado el 22 de noviembre de 2019, de fs
- Por Sentencia 04/2018 de 2 de octubre, de fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado por memorial de fs
- Luego de relacionar actuaciones procesales anteriores a esta fase, el recurrente cuestiona las afirmaciones del
- Manifiesta que fue condenado a partir de una incorrecta valoración de la prueba, dado que,
- Señala también que, el Auto de Vista impugnado, posee argumentos generales relacionados más a conceptos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- En relación al requisito plazo, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
- Félix Callata Mamani, acude a casación cuestionando, por un lado, un supuesto actuar omisivo de
- En lo demás el recurso, superando la opinión del recurrente, no brinda herramientas ni indicios
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
