De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista Nº S-404/2019 de 14 de agosto, cursante de fs. 339 a 342 vta., gozan de plena legitimación procesal para interponer el presente recurso de casación, toda vez que por memorial de fs. 299 a 302 vta., interpusieron oportunamente el recurso de apelación contra la sentencia que declaró probada la demanda de resolución de contrato por incumplimiento del documento de fecha 10 de noviembre de 2014 e improbada respecto al pago de daños y perjuicios, mejoras y reparaciones, y sin costas, recurso que al haber dado lugar a un Auto de Vista confirmatorio en cuanto a la Resolución Nº 416/2017 de 07 de septiembre, revocando parcialmente la Sentencia Resolución Nº 527/2017 de 16 de noviembre y Auto de 20 de noviembre de 2017, disponiendo en el fondo Probada la demanda de resolución de contrato por incumplimiento del documento de 10 de noviembre de 2014, así como las mejoras y reparaciones, e Improbada respecto al pago de daños y perjuicios, sin costas, se colige que la interposición de este medio de impugnación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical, así como lo establecido en los arts. 270 y 272 del Código Procesal Civil
- Auto Supremo: 92/2020-RA
- Expediente:LP-12-20-S
- Proceso: Resolución de contrato, pago de daños y perjuicios y otro
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
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- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº S-404/2019 de 14 de agosto, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitido el Auto de Vista recurrido, conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Que el Auto de Vista Nº S-404/2019 de 14 de agosto, no tomó en cuenta
- Asimismo, señala que debió integrarse a la litis a la abogada Silvia León Cortez, que
- Respecto a la casación en la forma, manifiesta que en primera instancia se determina que
- Sobre los aspectos de fondo señala que el Auto de Vista Nº S-404/2019 de 14
- Argumentan la falta de consideración de los requisitos de un contrato válido para ser exigible
- Erróneamente el Auto de Vista concluyó que Danitza Kantuta Machicado, debe devolver la suma de
- Existe error en el fondo sobre el fallo del pago por reparaciones y mejoras, la
- De esta manera, solicita en la forma anule obrados hasta el vicio más antiguo, y
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
