3. De la legitimación procesal
De acuerdo a la diligencia de notificación cursante a fs. 254 y 255 del expediente, se establece que los recurrentes fueron notificados con el Auto de Vista el 9 de marzo de 2020, y de acuerdo al timbre electrónico a fs. 256, el recurso de casación fue presentado el 20 de marzo del mismo año, en el plazo establecido en el art. 273 del Código Procesal Civil; es decir, dentro los diez días hábiles.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Auto Supremo: 426/2020-RA
- Proceso: Reivindicación y otros
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del escrito de casación saliente de fs
- Que no fueron notificados con el señalamiento de la audiencia de inspección ocular, a pesar
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
