a) Acusaron que se encausó proceso de reivindicación, cuyo objeto es recuperar la posesión de
La parte recurrente está legitimada para recurrir en casación considerando que opuso recurso de apelación contra la Sentencia, obteniendo decisión confirmatoria en alzada, lo que otorga legitimación procesal para recurrir conforme el art. 272.II del Código Procesal Civil.
4. Del contenido del recurso de casación.
a) Acusaron que se encausó proceso de reivindicación, cuyo objeto es recuperar la posesión de un departamento, que corresponde a la vía extraordinaria, que no admite casación ni pretensión reconvencional; y que, luego de una conciliación fallida, el Juzgado Primero de Partido en lo Civil declaró por no presentada la demanda y se volvió a presentar por segunda vez en otro juzgado, habiéndose solicitado declinatoria en audiencia preliminar, sin regularizar ese trámite
4. Del contenido del recurso de casación.
a) Acusaron que se encausó proceso de reivindicación, cuyo objeto es recuperar la posesión de un departamento, que corresponde a la vía extraordinaria, que no admite casación ni pretensión reconvencional; y que, luego de una conciliación fallida, el Juzgado Primero de Partido en lo Civil declaró por no presentada la demanda y se volvió a presentar por segunda vez en otro juzgado, habiéndose solicitado declinatoria en audiencia preliminar, sin regularizar ese trámite
- Auto Supremo: 435/2020-RA
- Expediente: LP-66-20-S
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO II
- 3. De la legitimación procesal
- a) Acusaron que se encausó proceso de reivindicación, cuyo objeto es recuperar la posesión de
- b) Indicaron que en apelación se remitió a Sala Civil Primera y que por
- c) Manifestaron que el bien es de sus progenitores, que el proceso debió ser tramitado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
