De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución impugnada, es decir el Auto de Vista Nº 063/2020 de 20 de julio, cursante de fs. 456 a 462, éstos gozan de plena legitimación procesal para interponer recurso de casación, toda vez que según memoriales cursante de fs. 433 a 436 vta., y de 438 a 440 vta., interpusieron recurso de apelación que dio lugar a la emisión de un auto de vista confirmatorio, por lo que se colige que la interposición de este medio de impugnación es completamente permisible, esto conforme al sistema de impugnación vertical
- Rodríguez, Victorina
- Distrito: Cochabamba
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- No ha lugar a los daños y perjuicios planteada por Mario Ochoa Nava, Ercilia Rodríguez
- Sin costas y costos, por tratarse de un juicio doble, pronunciado por el Juez Público
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº 063/2020 de 20 de julio, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), se observa que los demandados fueron notificados el
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido de los recursos de casación
- 4
- Conforme lo expuesto en el recurso de casación de referencia, se extraen los siguientes reclamos
- Denunciaron la errónea interpretación de los arts. 105 y 1453. I del Código Civil
- Solicitaron casar el auto de vista y revoque parcialmente el Auto de Vista recurrido
- Solicitaron casar los puntos recurridos
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que los recursos de casación resultan admisibles, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
