De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
Que no se efectuó una adecuada interpretación del contrato cuya nulidad se demanda, dado que se alejaron por completo de la verdad material que busca el art. 180 de la Constitución Política del Estado, con ello se vulneró el mencionado principio toda vez que al haberse interpretado correctamente el art. 510 del Sustantivo Civil
De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista
De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista
- Expediente: CH-40-20-S
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Jaqueline Laguna de Castro
- Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Jaqueline Laguna de Castro representada
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 94/2020 de 11 de septiembre cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la resolución
- Que el art
- Que lo alegado por la parte demandada respecto a que los dineros con los que
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
