De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
Que la afirmación emitida por el tribunal de alzada en el sentido de que ambos contratos eran de naturaleza mixta y que la venta del 50% del negocio es un contrato consensual exento de una forma específica para su celebración con el que intentan fundar equivocadamente el Auto de Vista recurrido, es una equivocación conceptual que se contradice con el concepto de los contratos
De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista y declare probada la demanda principal
De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista y declare probada la demanda principal
- Auto Supremo: 477/2020-RA
- Expediente: CH-42-20-S
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por Marion Nohelia, Laura Victoria y Shirley
- Fallo de segunda instancia recurrido en casación por Marion Nohelia, Laura Victoria y Shirley Anel
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 132/2020 de 07 de septiembre cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que las recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- Que el art
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
