Auto Supremo AS/0586/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0586/2020-RA

Fecha: 07-Oct-2020

Realizada esa precisión, a efectos de cómputo debe considerarse la notificación con el Auto 18


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, como se señaló precedentemente, el art. 417 del CPP, establece que deberá interponerse dentro de los cinco días siguientes a la notificación del Auto de Vista impugnado, debiendo tenerse presente las disposiciones contenidas en el art. 130 de la referida norma con relación al art. 124 de la LOJ, en sentido de que, este plazo es perentorio e improrrogable y comienza a correr al día siguiente hábil de practicada la notificación con la Resolución recurrida, transcurriendo ininterrumpidamente hasta su vencimiento a las veinticuatro horas del último día hábil y solamente se suspenderá durante la vacación judicial, debiendo al efecto computarse sólo los días hábiles, conforme prevé el art. 123.I de la LOJ que señala: “Son días hábiles de la semana para las labores judiciales, de lunes a viernes”.

Realizada esa precisión, a efectos de cómputo debe considerarse la notificación con el Auto 18 de 30 de enero de 2020, por el cual se absolvió la solicitud de complementación y enmienda en el Auto de Vista 56; de tal cuenta cursa a fs. 374 diligencia de notificación con data al 27 de febrero de 2020, informando que tal fecha al recurrente le fue notificado el referido Auto 18