274. I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo cual es admisible
Así planteados los agravios, se concluye que el recurso cumple con la fundamentación exigida por los arts. 271. III y
274. I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo cual es admisible
274. I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo cual es admisible
- CONSIDERANDO II
- 3. De la legitimación procesal
- a) Acusó vulneración a los principios de saneamiento, igualdad procesal, contradicción y verdad material, por
- b) Arguyó que se debió verificar el requisito de domicilio, ya que se señaló un
- c) Manifestó que, en relación a la alegación de hechos nuevos en audiencia preliminar, fue
- d) Indicó que las autoridades se limitaron a manifestar que la prueba aportada en audiencia
- 274. I num. 3) del Código Procesal Civil, por lo cual es admisible
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
