Auto Supremo AS/0589/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0589/2020

Fecha: 05-Nov-2020

En cumplimiento de esta obligación procesal, velando por el acatamiento de las normas citadas, de

En cumplimiento de esta obligación procesal, velando por el acatamiento de las normas citadas, de la revisión del expediente se advierte que el tribunal de alzada al momento de emitir el Auto de Vista Nº 051/2018 de 24e de enero, cursante de fs. 1516 a 1518, que anuló la sentencia apelada, emitió una resolución sin la debida motivación y fundamentación, es decir, no se dilucida el razonamiento del tribunal para determinar la nulidad del fallo de primera instancia, En este contexto, y en consideración a la impetrada nulidad, es decir, no existe fundamento convincente para que la misma opere merced a que para la procedencia de la nulidad deben concurrir algunos principios que deben ser observados por el juzgador, estos son, los principios de especificidad, trascendencia, convalidación y protección