Que, tramitado el proceso de referencia, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de
s
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 594/2020
Sucre, 5 de noviembre de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-LP. 285/2020
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 137 y vta., interpuesto por Elsa Flora Tamayo Blanco y Alejandro Maldonado Tamayo, en representación de la Empresa Restaurant La Comedie, contra el Auto de Vista Nº 218/2019 de 10 de octubre, cursante de fs. 134 a 135, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por Miriam Magne Gutiérrez, contra la empresa que representa el recurrente, sin respuesta, el Auto de fs. 141, que concedió el recurso, el Auto Nº 285/2020-A de 25 de septiembre de fs. 150 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 010/2019 de 4 de febrero de 2019, cursante de fs. 114 a 121, declarando probada en parte la demanda, disponiendo que la empresa demandada, pague a favor de la actora, la suma de Bs. 18.984.68 por concepto de desahucio, indemnización, bono de antigüedad, más la multa del 30%, monto que deberá actualizarse de acuerdo a la UFV a momento de su pago
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 594/2020
Sucre, 5 de noviembre de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-LP. 285/2020
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Eguëz Añez.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 137 y vta., interpuesto por Elsa Flora Tamayo Blanco y Alejandro Maldonado Tamayo, en representación de la Empresa Restaurant La Comedie, contra el Auto de Vista Nº 218/2019 de 10 de octubre, cursante de fs. 134 a 135, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral seguido por Miriam Magne Gutiérrez, contra la empresa que representa el recurrente, sin respuesta, el Auto de fs. 141, que concedió el recurso, el Auto Nº 285/2020-A de 25 de septiembre de fs. 150 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Que, tramitado el proceso de referencia, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de La Paz, emitió la Sentencia Nº 010/2019 de 4 de febrero de 2019, cursante de fs. 114 a 121, declarando probada en parte la demanda, disponiendo que la empresa demandada, pague a favor de la actora, la suma de Bs. 18.984.68 por concepto de desahucio, indemnización, bono de antigüedad, más la multa del 30%, monto que deberá actualizarse de acuerdo a la UFV a momento de su pago
- Que, tramitado el proceso de referencia, la Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación de fs
- II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
- El caso objeto de análisis, se circunscribe en dilucidar si la actora fue despedida de
- En este contexto, d antecedentes procesales, se advierte que la actora, en su demanda señala
- De lo manifestado precedentemente, se advierte que los juzgadores de instancia, para llegar a la
- Que en ese marco legal, se concluye, que el auto de vista impugnado, se ajusta
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Con costas
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
