Del recurso de casación interpuesto por Bernabé Viza Mollo, en lo principal, se extractan los
Del recurso de casación interpuesto por Bernabé Viza Mollo, en lo principal, se extractan los siguientes reclamos:
Acusó que los de instancia, especialmente la resolución de alzada incurrió en error de derecho, porque negó la posibilidad de demandar y hacer valer el mejor derecho propietario del demandante, ya que el derecho propietario de los demandados está registrado en Cotoca por lo que se llevó un proceso ante el Juez de dicha localidad, sin embargo esa resolución no causa estado al demandante ya que su derecho propietario está ubicado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, por lo que se trata de inmuebles y registros ubicados en lugares distintos
Acusó que los de instancia, especialmente la resolución de alzada incurrió en error de derecho, porque negó la posibilidad de demandar y hacer valer el mejor derecho propietario del demandante, ya que el derecho propietario de los demandados está registrado en Cotoca por lo que se llevó un proceso ante el Juez de dicha localidad, sin embargo esa resolución no causa estado al demandante ya que su derecho propietario está ubicado en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, por lo que se trata de inmuebles y registros ubicados en lugares distintos
- Auto Supremo: 598/2020-RA
- Proceso: Mejor derecho propietario, acción reivindicatoria y otros
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- II.1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- De la revisión de antecedentes se tiene que, la parte recurrente cumplió con el requisito
- II.3. De la legitimación procesal
- De igual forma se colige que la parte recurrente, al margen de identificar la resolución
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación interpuesto por Bernabé Viza Mollo, en lo principal, se extractan los
- Petitorio
- Solicitó anular el Auto de Vista recurrido y que se prosiga con el proceso ordinario
- Así planteados los agravios por la parte recurrente, se concluye que, en la forma, cumplió
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
