POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por los arts. 41 y 42 núm. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 201 a 207 vta., interpuesto por Marion Nohelia, Laura Victoria y Shirley Anel, todas de apellidos Rasguido Arias, contra el Auto de Vista S.C.C. II Nº 132/2020 de 7 de septiembre, cursante de fs. 195 a 198, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca. Con costas y costos.
