Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho
- Partes: Clara Mercedes Apaza Torrez c/ Zulma Pacesa Quispe Yujra y Gabriel Huañapaco Mamani
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
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- En el marco de lo preceptuado en el art
- 1. De la resolución impugnada
- Del análisis del Auto de Vista Nº SO-233/2020 de 26 de junio, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), la parte demandada, ahora recurrente, conforme a la
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que los recurrentes, al margen de identificar debidamente la resolución
- 4. Del contenido del recurso de casación
- En la forma
- b) Reclamaron en apelación que la Juez A quo al declarar probada la demanda de
- En el fondo
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
