1. De la resolución impugnada.
Del análisis del Auto de Vista Nº 138/2020 de 26 de octubre, cursante de fs. 352 a 359, se advierte que el mismo absuelve un recurso de apelación que fue interpuesto contra una sentencia dictada dentro de un proceso ordinario de reconocimiento de bienes gananciales, lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 392 de la Ley Nº 603.
