POR TANTO
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 400.II del Código de las Familias y del Proceso Familiar, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación cursante de fs. 363 a 366 interpuesto por Ronald Franz Fierro Quintanilla, contra el Auto de Vista Nº 138/2020 de fecha 26 de octubre, cursante de fs. 352 a 359, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro. La causa aguarde turno para ulterior sorteo según prelación.
