SENTENCIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 676/2020
Sucre, 7 de diciembre de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 310/2020
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 212 a 215, interpuesto por Fernando Quiroz Quilo en representación de Horst Richard Hartamann Klingenberk, contra el Auto de Vista Nº 265/2019 de fecha 31 de diciembre, de fs. 200 a 204 vta., pronunciado por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, cursante de fs. 200 a 204 vta., dentro del proceso laboral por pago de Beneficios Sociales seguido por Rosa Jiménez de Veizaga y Pamela Reina Ramos Gómez contra la parte recurrente, el Auto de fecha 21 de agosto de 2020 de fs. 221, que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 310/2020-A de 7 de octubre de fs. 228 y vta., por el que se admite el recurso,
los antecedentes del proceso y;
I: ANTECEDENTES PROCESALES
SENTENCIA:
Que tramitado el proceso por beneficios sociales incoado por Rosa Jiménez de Veizaga y Pamela Reina Ramos Gómez, la Juez del Trabajo y Seguridad Social N° 1 del Distrito Judicial de Cochabamba, emitió la Sentencia Nº 107/2018 de fecha 8 de octubre cursante de fs. 178 a 181 vta., declarando Probada en parte la demanda y probada en parte la Excepción de Pago, ordenándose al demandado pague a tercero día los beneficios sociales de Rosa Jiménez de Veizaga la suma de Bs. 15.404, por los conceptos de indemnización, segundo aguinaldo, vacación y prima y Pamela Reina Ramos Gómez la suma de Bs. 26.633, por los conceptos de indemnización, vacación, prima, subsidio prenatal, natalidad, lactancia y reintegro de bono de antiguedad
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 676/2020
Sucre, 7 de diciembre de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-CBBA. 310/2020
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 212 a 215, interpuesto por Fernando Quiroz Quilo en representación de Horst Richard Hartamann Klingenberk, contra el Auto de Vista Nº 265/2019 de fecha 31 de diciembre, de fs. 200 a 204 vta., pronunciado por la Sala Primera Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, cursante de fs. 200 a 204 vta., dentro del proceso laboral por pago de Beneficios Sociales seguido por Rosa Jiménez de Veizaga y Pamela Reina Ramos Gómez contra la parte recurrente, el Auto de fecha 21 de agosto de 2020 de fs. 221, que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 310/2020-A de 7 de octubre de fs. 228 y vta., por el que se admite el recurso,
los antecedentes del proceso y;
I: ANTECEDENTES PROCESALES
SENTENCIA:
Que tramitado el proceso por beneficios sociales incoado por Rosa Jiménez de Veizaga y Pamela Reina Ramos Gómez, la Juez del Trabajo y Seguridad Social N° 1 del Distrito Judicial de Cochabamba, emitió la Sentencia Nº 107/2018 de fecha 8 de octubre cursante de fs. 178 a 181 vta., declarando Probada en parte la demanda y probada en parte la Excepción de Pago, ordenándose al demandado pague a tercero día los beneficios sociales de Rosa Jiménez de Veizaga la suma de Bs. 15.404, por los conceptos de indemnización, segundo aguinaldo, vacación y prima y Pamela Reina Ramos Gómez la suma de Bs. 26.633, por los conceptos de indemnización, vacación, prima, subsidio prenatal, natalidad, lactancia y reintegro de bono de antiguedad
- SENTENCIA
- AUTO DE VISTA
- Contra el auto de vista, el demandado recurrente por medio de Fernando Quiroz Quilo, formuló
- También indica el recurrente que, con relación al pago de las asignaciones familiares le fueron
- Sigue diciendo que, que no se dio pleno cumplimiento a los que señala los arts
- Petitorio
- En consideración de los argumentos expuestos por la parte recurrente, de acuerdo a la problemática
- El art
- En base a la revisión tanto de la sentencia y el auto de vista recurrido,
- Consiguientemente y en merito a lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se regula el honorario profesional en la suma de Bs.1.000 (Un Mil 00/100 Bolivianos)
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.
