De la revisión de antecedentes se tiene que el recurrente, cumplió con los requisitos para
De la revisión de antecedentes se tiene que el recurrente, cumplió con los requisitos para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que fue notificado el 18 de noviembre de 2019 con el Auto de Vista de referencia y presentó su recurso de casación el 2 de diciembre del mismo año por escrito de fs. 451 a 461; es decir en vigencia del plazo señalado en aplicación del art. 273 del Código Procesal Civil
- Auto Supremo: 97/2020-RA
- Expediente: O-4-20-A
- Partes: Manuel Castro Fernández c/ Fidelia Gómez Guerra, Alejandrina Gómez Oviedo, Cristóbal Ortiz Quispe y
- Proceso: Nulidad de escritura pública
- Distrito: Oruro
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Manuel Castro Fernández cursante de fs
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- CONSIDERANDO II
- El caso presente trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- De la revisión de antecedentes se tiene que el recurrente, cumplió con los requisitos para
- 3. De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, Manuel Castro Fernández al haber impugnado mediante recurso de apelación
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación de la parte demandante, se extractan algunos de los
- Cuestionó, que el Auto de referencia, que declaró probada la excepción de cosa juzgada, simplemente
- Así planteados los agravios por el recurrente, se concluye que, en la forma cumplió con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
