VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Manuel Castro Fernández cursante de fs
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Manuel Castro Fernández cursante de fs. 451 a 461, impugnando el Auto de Vista N° 288/2019 de 4 de noviembre, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, cursante de fs. 440 a 449 vta., en el proceso de nulidad de escritura pública, seguido por el recurrente contra Fidelia Gómez Guerra y otros, la contestación de fs. 465 a 469 vta., el Auto de concesión de 15 de enero de 2020 cursante a fs. 470; todo lo inherente al proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en el memorial de demanda de fs. 37 a 49, subsanado por memorial de fs. 52 a 54 vta., Manuel Castro Fernández inició proceso de nulidad de escritura pública contra Fidelia Gómez Guerra, Alejandrina Gómez Oviedo, Cristóbal Ortiz Quispe y Blanca Choque Quispe de Ortiz; quienes una vez citados contestaron a la demanda negativamente y opusieron excepciones por memoriales de fs. 252 a 259, de fs. 301 a 312 y de fs. 325 a 326; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse el Auto Definitivo de 12 de octubre de 2018, cursante de fs. 368 a 376, donde el Juez Público Civil y Comercial Décimo Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro declaró PROBADA las excepciones de los demandados, e IMPROBADA el incidente de improponibilidad planteado por Cristóbal y la excepción de falta de legitimación postulado por Fidelia Gómez Guerra
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Con base en el memorial de demanda de fs. 37 a 49, subsanado por memorial de fs. 52 a 54 vta., Manuel Castro Fernández inició proceso de nulidad de escritura pública contra Fidelia Gómez Guerra, Alejandrina Gómez Oviedo, Cristóbal Ortiz Quispe y Blanca Choque Quispe de Ortiz; quienes una vez citados contestaron a la demanda negativamente y opusieron excepciones por memoriales de fs. 252 a 259, de fs. 301 a 312 y de fs. 325 a 326; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse el Auto Definitivo de 12 de octubre de 2018, cursante de fs. 368 a 376, donde el Juez Público Civil y Comercial Décimo Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro declaró PROBADA las excepciones de los demandados, e IMPROBADA el incidente de improponibilidad planteado por Cristóbal y la excepción de falta de legitimación postulado por Fidelia Gómez Guerra
- Auto Supremo: 97/2020-RA
- Expediente: O-4-20-A
- Partes: Manuel Castro Fernández c/ Fidelia Gómez Guerra, Alejandrina Gómez Oviedo, Cristóbal Ortiz Quispe y
- Proceso: Nulidad de escritura pública
- Distrito: Oruro
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Manuel Castro Fernández cursante de fs
- 2
- CONSIDERANDO II
- El caso presente trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- De la revisión de antecedentes se tiene que el recurrente, cumplió con los requisitos para
- 3. De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, Manuel Castro Fernández al haber impugnado mediante recurso de apelación
- 4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación de la parte demandante, se extractan algunos de los
- Cuestionó, que el Auto de referencia, que declaró probada la excepción de cosa juzgada, simplemente
- Así planteados los agravios por el recurrente, se concluye que, en la forma cumplió con
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
